Según la normativa electoral vigente, tras la publicación en el BOE del 4 de abril del Real Decreto 207/2023, convocando elecciones locales el 28 de mayo, quedan prohibidos, hasta el día siguiente de la votación -29 de mayo-, cualquier acto de propaganda institucional, como inauguraciones o campañas institucionales para difundir logros de gobierno.
El artículo 50 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), en su segundo punto prohíbe cualquier acto "que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos"; y el tercer punto prohíbe expresamente "cualquier acto de inauguración de obras o servicios públicos o proyectos de éstos, cualquiera que sea la denominación utilizada", aunque añade que "dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en dicho periodo".
En su portal de transparencia, el ayuntamiento anuncia la apertura, a partir del 4 de mayo, del Centro de Interpretación del Carnaval de Cádiz, un anuncio y apertura que se ajustan a la excepción que la propia LOREG establece.
Lo que no queda tan claro es si la convocatoria de unas jornadas de puertas abiertas para dar a conocer la Casa del Carnaval, con visitas guiadas para grupos para las que hay que inscribirse, programando además un día específico para medios de comunicación y otros días para colectivos, asociaciones, etc., se ajusta a la normativa electoral.
En cualquier caso, puede que sea legal, pero, ¿es correcto?
La foto es de Manuel Fernández de Prensa del Ayuntamiento.