jueves, 28 de marzo de 2013

Decretos de las Cortes de Cádiz de marzo de 1813



Dieciocho decretos publicaron las Cortes de Cádiz en el mes de marzo, algunos de gran importancia, otros, aparentemente menores, tenían también su enjundia. En esta entrada vamos a repasar algunos.    

Por ejemplo, el decreto de 2 de Marzo de 1813 que concedió al Regimiento de la Concordia Española de Perú el derecho a gobernarse y ser considerado como los Voluntarios Distinguidos de Cádiz, que gozaban de una serie de privilegios en el marco de la milicia general.

El 8 de Marzo de 1813 se publicaron dos decretos muy significativos, pues dejaban clara la preeminencia del poder legislativo sobre el ejecutivo. 
Hay que recordar que tras el decreto 223 de abolición de la Inquisición, se publicó otro (nº 224) que establecía la obligación de leer en las iglesias los artículos que abolían el Santo Oficio, encargando a la Regencia su cumplimiento. Cuando en las Cortes se tuvo noticias de que varios curas se habían negado a la lectura, se exigió a la Regencia los sancionara, cosa que no hicieron los regentes, pese a que, incluso, elevaron una consulta al Consejo de Estado que dictaminó que el decreto 224 no dejaba dudas y la Regencia debía sancionar a los curas que se habían negado a leer el decreto de abolición. Informadas las Cortes de la negativa de la Regencia y del informe del Consejo de Estado, ordenaron se publicara, el 8 de marzo, el decreto nº 228 por el que cesaban a los regentes y nombraban, provisionalmente, una nueva Regencia formada por los tres Consejeros de Estado más antiguos -Pedro Agar, Gabriel Ciscar y el Arzobispo de Toledo, Luis de Borbón-, que, precisamente, habían sido nombrados consejeros por las propias Cortes. Otro decreto del mismo día, el nº 229, nombraba presidente de la Regencia al cardenal Borbón y dos semanas después, el 22 de marzo, el decreto 239, confirmaba a los regentes, dando por finalizada la provisionalidad y el decreto 241 fijaba los sueldos de los regentes, así como los de los Magistrados de las Audiencias.

Muy importante fue el Decreto 230, de 9 de Marzo de 1813, por el que se suprimieron las pruebas de nobleza para ser admitidos en los colegios, academias y cuerpos militares del ejército y la armada, así como se prohibieron expresiones o distinciones que mostraran desigualdad social.

Ese mismo día 9, el decreto 231 aclaraba que los militares indultados el 21 de noviembre de 1810 de las penas impuestas por abandono de sus banderas, no podían reingresar en el ejército.

El decreto de 10 de Marzo de 1813 establecía la manera sobre cómo se reemplazarían los regidores y demás oficiales de los Ayuntamientos en caso de vacantes.

Sendos decretos de 21 de marzo de 1813. Premio concedido a la lealtad de las ciudades de Coro y Maracaibo y sus habitantes por resistir los embates de los insurgentes.

El 22 de marzo, otro decreto contra la Inquisisción, en este caso el nº 240 abolía los derechos de Aduana que percibía.

El decreto 243 de 24 de marzo de 1813 suprimió la Intendencia de las nuevas poblaciones de Andalucía y Sierra Morena y estableció las medidas para la formación de sus Ayuntamientos y designación de sus territorios, dehesas, etc.

El mismo día el decreto 244 establecía un Reglamento para hacer efectiva la responsabilidad de los empleados públicos cuando faltaren al desempeño de sus oficios. El Reglamento constaba de dos capítulos. Uno dedicado a los magistrados y jueces, y el otro al resto de los empleados públicos. El primer artículo de cada capítulo es lo suficientemente explícito para entender el tenor del reglamento. En el caso de los magistrados y jueces dice: “Son prevaricadores los jueces que a sabiendas juzgan contra derecho por afecto o desafecto hacia alguno de los litigantes u otras personas”. En el de los demás funcionarios declaraba prevaricadores a los que a sabiendas abusaran de su oficio para perjudicar la causa pública o a los particulares.

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