Si lo que conocemos de la parte esencial de la sentencia, que se puede leer, resumidamente, en El País, donde queda claro que los jueces que votaron a favor de la condena consideran que la mujer se vio obligada, por supervivencia, a someterse a la voluntad de los agresores -es decir, no tenía sentido, ni capacidad de discernimiento-, no lo consideran los jueces violación, solo cabe una solución: que cambien el significado de la palabra violación en la Real Academia Española.
Vergüenza siento.
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