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viernes, 9 de enero de 2015
Constitución de 1978, art. 92.1
El artículo 92.1 de la Constitución española de 1978, dice: "Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos".
En un balcón de la calle Santa Inés lo recuerdan:
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