Desde hace casi un mes, desde el 13 de diciembre pasado si no me equivoco, en cumplimiento de una normativa europea que se aplica en España tras tres años de moratoria, todos los bares y restaurantes están obligados a informar y especificar qué alimentos contienen productos con alérgenos potenciales, una normativa que es de obligado cumplimiento para todos aquellos locales que sirvan alimentos elaborados o envasados. Desde el gran restaurante, hasta la taberna de la esquina, en total se calcula que la obligación afecta a unos 350.000 establecimientos de hostelería.
Como siempre, y a pesar de que la normativa se conoce desde hace tres años, algunos dirigentes de las asociaciones de hosteleros hablan de la complejidad de la norma, o de que no es buen momento para ponerla en vigor, o que el gobierno no ha especificado cómo deben informar..., insisto, cuando la norma es clara y se ha consentido una moratoria de tres años.
La normativa no es un capricho y más que perjudicar al hostelero, les puede beneficiar. En España hay más de dos millones de alérgicos a los que esta norma les garantizará la posibilidad de consumir en locales públicos, sin miedo a sufrir las consecuencias de sus alergias, pues la normativa europea especifica que, sobre los alimentos que se sirvan, envasados o no, se debe informar sobre los catorce productos que más alergias producen: cereales con gluten, crustáceos, huevo, pescado, cacahuetes, soja, leche, frutos secos, apio, mostaza, semillas de sésamo, sulfitos, altramuces y moluscos, así como todos sus derivados o trazas, dejando a juicio de los propietarios de los bares y restaurantes el modo de informar, ya sea de palabra, con indicaciones en la carta, con cartelería...
Mientras que en Madrid he visto ya un buen número de locales que avisan de que la información sobre los alérgenos potenciales está a disposición de los clientes, en Cádiz no la he visto casi en ninguno, y no debe ser muy difícil, como demuestra en bar Nono, que ha colocado un cartel tan sencillo como claro:
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