Artículo 47. Todos los españoles tienen
derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán
las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer
efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el
interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las
plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.
Anoche, delante del ayuntamiento de Cádiz
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