Publicado en EL TELÉGRAFO, 3 de diciembre de 2012
Socialización de las gananciasJuan J. Paz y Miño Cepeda
Durante
el siglo XIX, la defensa de la propiedad privada como derecho “natural”
fue una tesis permanente. En Ecuador, las Constituciones de 1897 y,
sobre todo, la de 1906 (expresiones de la Revolución Liberal), dieron a
la propiedad privada el marco de protección jurídica más avanzado.
El
concepto “función social” de la propiedad solo nació en el siglo XX.
Supuso que el Estado puede expropiar o nacionalizar propiedades,
reconociendo una indemnización por ellas; y, además, que los
propietarios están obligados a ser eficientes y a cumplir con las leyes
sociales y laborales. La Constitución de 1929 (expresión de la
Revolución Juliana) fue la primera en consagrar este principio.
El
ciclo neoliberal ecuatoriano (entre 1982 y 2006) promovió el concepto
“responsabilidad social empresarial”. ¿Cómo lo entendieron las cámaras
de la producción? Una investigación sobre las propuestas empresariales
entre 1979-2006 y su incidencia política, demostró que dicha
“responsabilidad” fue entendida como la búsqueda de la mayor
“eficiencia” en la producción de bienes y servicios de “calidad” (se
pusieron de moda las valoraciones “ISO”) y, al mismo tiempo, como la
búsqueda de la mayor “flexibilidad” laboral, a través de múltiples
medidas que lo único que provocaron fue la precarización del trabajo, la
inseguridad jurídica para los trabajadores, la afectación de derechos y
garantías laborales, el incremento de ganancias y la mayor
concentración de la riqueza. La Constitución de 1998 consagró los
intereses empresariales y la visión “neoliberal” sobre el país.
Ecuador
luce ahora como un país pionero en una nueva tesis innovadora y
ejemplar para América Latina: la “socialización de las ganancias”. Ha
surgido a propósito de la necesidad de imponer a la banca privada
obligaciones tributarias, volverla copartícipe en la redistribución de
la riqueza para beneficio de la población más pobre y, sin duda,
controlarla en sus “excesos”.
La tesis, que ha despertado el “terror” de banqueros y altos empresarios, supone una nueva era para el tratamiento de la propiedad privada, porque avanza no solo en la comprensión de que las ganancias de tipo capitalista tienen siempre origen social, sino en la propuesta de que la sociedad tiene el derecho de regular y redistribuir las ganancias para una mejora rápida y eficaz de la calidad de vida general. Es una forma de concretar el principio del “Sumak Kawsay” (Buen Vivir) consagrado por la Constitución de 2008.
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